miércoles, 10 de octubre de 2012

LOE


  • 27-9-12 (Jueves)

Este es el último día de la primera semana del Máster, y como ya deje en la entrada anterior, este día y los consecutivos, hablaría de la Ley Orgánica de Educación, pero antes de adentrarnos en ella, el profesor nos explico como realizar la Tarea 1. Esta tarea consiste en realizar un informe sobre un audiovisual, que el profesor colgó en Moodle, siguiendo unas normas de elaboración. 
Javier, nos hablo de la técnica de modelado, en la cuál, el docente antes de mandar una tarea al alumno, tiene que enseñar como se realiza dicha tarea. Y eso fue lo que hicimos, analizamos uno de los tres vídeos colgados, concretamente, Mujer y Educación en España 1931-1950.
 

Una vez visto el vídeo  y comprobado como se hace el trabajo, sacando el contexto, los temas principales, la metodología del reportaje y las conclusiones del vídeo, nos adentramos en el tema: La LOE

  •  LOE

Esta Ley surge del Articulo 27 (Derechos Fundamentales) de la Constitución de 1978, entre los que existen algunos de los siguientes principios:

 1.- Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de enseñanza.
2.- Objeto: pleno desarrollo de la personalidad. Principios democráticos.
3.- Derecho de los padres elección formación religiosa.
4.- La enseñanza básica es obligatoria y gratuita.
5.- Programación general de la enseñanza con participación.
6.- Libertad de creación de centros (respeto principios constitucionales).
7.- Participación en control y gestión de centros (sostenidos f. públicos)
8.- Poderes públicos inspeccionarán y homologarán (sist educativo).
9.- Poderes públicos ayudarán centros que reúnan los requisitos ley.
10.- Autonomía de Universidades (términos que la ley establezca).

Esta Ley fue promulgada como: LEY ORGÁNICA 2/2006, de 3 de mayo, de Educación y en su Artículo 1, se recogen los principios y fines de esta.

En España, a diferencia que en otros países, como es Estados Unidos, Canadá y Gran Bretaña, la enseñanza es obligatoria, y esto viene recogido en esta Ley. En los países nombrados anteriormente, la educación no es obligatoria, es decir, los propios padres pueden enseñar a sus hijos, o pueden llevarlos a academias o a otros lugares que no es la escuela.
Esta Ley, nos ayudará a que todos los títulos cumplan un mínimo en la Unión Europea, y por lo tanto, poder trabajar en el resto de los países europeos y que nuestro titulo sea valido. Como consecuencia  las diplomaturas y las licenciaturas son cambiadas por Grados, titulo que nos valdrá para trabajar por Europa.
Una vez que hemos visto de donde surge y cuales son los principios fundamentales de esta Ley, nos adentraremos mas en explicar como esta organizada la estructura educativa. Podemos decir que la educación en nuestro país se dividen en cuatro grupos:



Para realizar estos tipos de enseñanzas, nos tenemos que guiar por un Currículo que establece la Ley y el cuál, se encuentra dentro del Articulo 6 de la LOE y  podemos definir como: Conjunto de objetivos, competencias básicas, contenidos, métodos pedagógicos y y criterios de evaluación de cada una de las enseñanzas. A esta definición, también podríamos incluir atención a la diversidad y plan de lectura, que se encuentran dentro de Currículo de Castilla La Mancha.
Es el Estado, quien establece los aspectos básicos del Currículo, y establece los horarios  a impartir dentro de Los Reales Decretos, las cuales, son distintas en Comunidades Autónomas que tengan lengua propia y no. 
Las Comunidades Autónomas que tienen lengua propia, el estado establece un 55% del Curriculo, mientras que las que no tienen lengua propia un 65%. El % restante, lo establecerá cada Comunidad Autónoma como quiera, por ejemplo, en Castilla La Mancha incluiremos el Plan de lectura.
El motor de todos los aprendizajes, ya que todos los componentes del Currículo giran en torno a ella son las Competencias. Podríamos definirlas como: Conjunto de conocimientos, destrezas y actitudes, necesarias para la realización y el desarrollo personal, escolar y social y que se desarrollan a través del currículo. Las Competencias van a ser el referente último para la evaluación de los alumnos. Ellas, los que nos quieren transmitir, es que no son las asignaturas ni las áreas lo que se evalúa, sino las competencias adquiridas por cada alumno.
Podemos dividir las competencias en: Competencias Transversales (que sirven para todas las asignaturas) y Competencias específicas (que son especifica de alguna asignatura) y las cuales en Castilla La Mancha, las encontramos dentro del Decreto 69. 


En Castilla La Mancha, aparte de estas Competencias Básicas, tendremos que incluir la Competencia Emocional.

La LOE también nos indica como están organizadas los tipos de enseñanzas y son de la siguiente manera:
  • EDUCACIÓN INFANTIL: de 0 a 6 años y es voluntario y gratuito (de 3 a 6) y su objetivo es iniciarse en el lenguaje y la escritura y las habilidades matemáticas.
  • EDUCACIÓN PRIMARIA: de 6 a 12 años y de carácter obligatorio. Los contenidos se establecen por áreas y existen 3 ciclos de dos años cada uno. Algunas finalidades son el desarrollo personal, habilidades culturales básicas, hábitos de trabajo y estudio...
  • EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA: de 12 a 16 años en el que hay 4 cursos, y las asignaturas se organizan en materias y no en áreas como en primaria. No tiene una finalidad propedeutica (que no se aprende para algo posterior) sino que se aprende una cultura general.
  • BACHILLERATO: son dos cursos y se organizan en 3 modalidades: artes, ciencias y tecnología, humanidades y ciencias sociales. A diferencia de la ESO, si tiene una finalidad propedeutica, ya que, te prepara para ir a la universidad. Después del Bachillerato, hay que realizar una prueba de acceso a la universidad.
  • FORMACIÓN PROFESIONAL: son ciclos formativos de Grado Medio (necesaria la ESO o tener 17 años y una prueba de acceso) y Grado superior (necesario Bachiller, 19 años y prueba de acceso o 18 años, titulo de técnico y prueba de acceso)
  • A parte de estas enseñanzas nos podemos encontrar las enseñanzas artísticas  de idioma y deportivas,  así como, la educación de personas adultas.

  • 2-10-12 (Lunes) 

La LOE también los habla de la equidad en la educación, la cual se puede denominar también inclusión educativa. En ella incluiremos a los ACNEAE (Alumnos con necesidades especificas de apoyo educativo) ACNEE (Alumnos con necesidades educativas especiales) así como, los alumnos de incorporación tardía.
En cuanto a los profesores que impartirán la educación docente, nos encontramos a que tienen que tener una titulación especifica para cada tipo de enseñanza: Diplomado, licenciado y graduado. La función del profesorado será: Programar tanto programaciones didácticas como unidades didácticas  evaluar a los alumnos dentro de su etapa de enseñanza aprendizaje, ser tutor y orientador, dar información a la familia sobre la evolución de sus hijos, contribuir al desarrollo de respeto, tolerancia y otros valores democráticos...
Los profesores tienen medidas de protección y defensa jurídica. Al igual que ellos evalúan a los alumnos, los profesores son evaluados la inspección educativa. Los inspectores pueden ser accidentales (gente de confianza del gobierno) o inspectores de carrera (que han opositado para ello) y su función consiste en examinar y comprobar toda la documentación académica, pedagógica y administrativa del centro.

Los centros docentes pueden ser públicos, privados o privados concertados y todos ellos disponen de autonomía pedagógica, de organización y de gestión. En los centros educativos participan:
  •  El consejo escolar : deciden sobre admisión de alumnos, aprueban PEC, normas y proyectos de gestión, participan en la selección del director... y esta compuesto por: Un miembro para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, Centros FP y artes plásticas, Alumnos de 1º y 2º de ESO y alumnos de primaria.
  • Claustro de profesores: Planifican, coordinan y deciden sobre todos los aspectos educativos y esta presidido por el director. 
  • El equipo directivo: Que lo componen el director, jefe de estudios, secretarios y otros.
  • Ampa: asociación de pradres y madres del alumno. 
Con esto terminamos todo el tema relacionado con la LOE y la organización de los centros educativos. A continuación, empezamos la clase con kiko.
En esta clase aprendimos a utilizar mejor los blogs y descubrimos lo que eran los Gadget que son como apartados dentro de un blog. 
Seguidamente nos enseñó a utilizar el power point, y a realizar diapositivas con animaciones, sonidos, hipervínculos... a mí, personalmente, descubrí apartados que hay dentro del power point y que no sabía utilizar y que he descubierto que son muy útiles para la realización de presentaciones. 
Por último, nos enseñó la pagina web http://prezi.com/ en la cuál, se pueden hacer presentaciones pero con mas efectos especiales que en el power point.



En conclusión y para terminar esta entrada, puedo decir que he aprendido mucho sobre leyes educativas y he descubierto que todo el ámbito escolar tiene sus normas, por las cuales hay que regirnos a la hora de impartir clase a nuestros futuros alumnos.  





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